Poderes
Poder es la facultad que una persona otorga a otra, ya sea natural o cualquier entidad legalmente constituida en el Ecuador, para que obre en su nombre y por su cuenta. Es también la autorización que otorga una persona, que se encuentra en el extranjero, a favor de otra persona sea esta natural o jurídica, que se encuentra en el Ecuador y viceversa, a fin de que pueda actuar, en su nombre y representación.
Un Poder puede ser General o Especial.
El Poder General sirve para realizar todos los actos jurídicos posibles. Un poder Especial sirve únicamente para el objeto específico de su otorgamiento.
Requisitos para el otorgamiento de un Poder:
- La presencia del poderdante con su cédula de identidad o pasaporte vigente;
- Datos completos del apoderado; y,
- Si es un Poder Especial, el poderdante lo debe presentar en un modelo denominado “minuta” elaborado por un abogado, o explicar al funcionario consular la finalidad del poder.
- Personas Jurídicas, nombramiento que acredite la representación legal del solicitante.
Revocatoria de Poder: El Poder General y el Poder Especial pueden revocarse en cualquier tiempo, para ello, la persona que lo concedió debe acercarse al Consulado ecuatoriano con el número de poder y la fecha de emisión.