lunes, 19 de abril de 2010

Defunción

INSCRIPCIÓN DE DEFUNCIONES Y TRASLADO DE CADÁVERES

La legislación consular ecuatoriana respecto de las defunciones y traslado de cadáveres tiene vigencia para nuestros consulados, por lo tanto, es aplicable a los ecuatorianos fallecidos en el exterior, sus restos pueden ser trasladados al país, en cuyo caso se deben cumplir las formalidades que a continuación se mencionan:


1.- INSCRIPCIÓN DE DEFUNCIÓN EN EL CONSULADO

Para inscribir la defunción de un ecuatoriano, ocurrida en territorio extranjero se requiere:

  • Certificado de defunción emitido por el médico o autoridad competente, debidamente certificado; o,
  • Certificado de defunción del país de domicilio del occiso debidamente certificado por la autoridad competente; y/o el documento equivalente del país donde tuvo lugar el deceso;
  • Documentos de identificación del solicitante.
  • Partida original de defunción traducida al castellano, notarizada cuando esté en otro idioma y apostillada;
  • Cédula de ciudadanía o pasaporte del fallecido;

El consulado remitirá el Acta de Inscripción de Defunción a la Dirección General del Registro Civil del Ecuador para su registro.


2.- ENVÍO DE CADÁVER AL ECUADOR.
  • Inscribir la defunción definitiva en el consulado, cuya Acta de Inscripción de Defunción se enviará al Registro Civil del Ecuador.
  • Si el ecuatoriano fallece en los Estados Unidos, el certificado denominado “Death Certificate”, otorgado por la Oficina de Estadísticas Vitales del lugar donde ocurrió el deceso, apostillado.
  • El certificado de defunción, traducido al castellano y apostillado.
  • El certificado de embalsamamiento o “Embalsamer Certificate” otorgado por la funeraria, traducido al castellano, notarizado y legalizado en el consulado.
  • El certificado de incineración o “Cremation Certificate”, otorgado por el Departamento de Incineración de la ciudad o por la compañía privada de incineración, según el procedimiento convenido con la funeraria. Cualquiera de estos dos documentos debe ser traducido al castellano y apostillado.
  • El certificado de sanidad (“Non Communicable Disease Letter”) otorgado por el Departamento de Sanidad de la ciudad respectiva, traducido al castellano, apostillado.
  • Permiso para trasladar el cadáver o las cenizas a otro país (Burial Transit Permit) emitido por la ciudad respectiva, apostillado.


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